Aeropuerto Internacional José Joaquín De Olmedo

ANTECEDENTES

Mediante Decreto Ley No. 690, se promulgó la LEY PARA LA PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN Y DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA, la misma que fue publicada en el Registro Oficial No. 144 del 18 de agosto del 2000. Esta Ley reformó el artículo primero de la Ley de Aviación Civil, que en su tercer inciso establece de forma textual: “Previa autorización del Presidente de la República emitida mediante Decreto Ejecutivo, los municipios podrán construir, administrar y mantener aeropuertos. Para el efecto podrán ejercer estas facultades directamente o delegarlas a empresas mixtas o privadas mediante concesión, asociación, capitalización o cualquier otra forma contractual de acuerdo a la Ley.”

En función de la norma legal señalada, el Señor Presidente Constitucional de la República, Dr. Gustavo Noboa Bejarano, mediante Decreto Ejecutivo No. 871 del 9 de octubre del 2000, publicado en el Registro Oficial No. 186 del 18 de octubre del 2000 y reformado por el Decreto Ejecutivo No. 1553 del 30 de mayo del 2001, publicado en el Registro Oficial No. 344 del 11 de junio del 2001, autorizó y facultó a la Muy Ilustre Municipalidad de Guayaquil: 1. La construcción, administración y mantenimiento del nuevo aeropuerto internacional de Guayaquil; y, 2. La transformación, mejoramiento, administración y mantenimiento del Aeropuerto Internacional Simón Bolívar de Guayaquil y sus instalaciones, que actualmente se encuentra en funcionamiento. Procesos estos que debe llevarlos a cabo a través de una fundación.

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